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Cuando muy pocos lo esperaban por el momento que se vive internamente en el Partido Socialista, el senador nacional, Rubén Giustiniani, se reunió este sábado por la mañana con el gobernador provincial, Antonio Bonfatti, en la Delegación Rosario de la ‘Casa Gris’ de Santa Fe, para dialogar acerca de los alcances de la Ley de Decomiso de los Bienes provenientes del Narcotráfico, iniciativa del legislador santafesino aprobada por el Senado de la Nación

“Una herramienta fundamental para atacar el poderío económico que genera el narcotráfico”, sintetizó Giustiniani, impulsor de esta iniciativa aprobada por unanimidad el pasado 17 de septiembre por la Cámara de Senadores de la Nación y que ahora espera ser convertida en ley por la Cámara de Diputados de la Nación con la aprobación de la media sanción faltante.

“Es una ley muy importante porque va al corazón del problema”, dijo Giustiniani, y explicó que “es una herramienta fundamental que, a partir de la sanción definitiva de esta ley, tendrán los jueces federales para ir contra los bienes económicos, independientemente del procedimiento penal que puede llevar hasta 10 años”.

Añadió, al respecto, que “abre una vía paralela para avanzar sobre los bienes generados por el mercado de las drogas ilícitas que representa el 1% del PBI mundial”.

Durante el encuentro también dialogaron acerca de la demanda recurrente de la Justicia sobre la falta de recursos y estructura para poder actuar en casos vinculados al comercio ilegal de drogas.

Al respecto, el Senado Nacional aprobó la creación de secretarias específicas del narcotráfico en el ámbito de los Juzgados Federales en las provincias fronterizas y también en la provincia de Santa Fe, con los recursos humanos especializados e infraestructura adecuada.

Con respecto a la Ley de Decomiso de los Bienes del Narcotráfico, la normativa modifica el artículo 23 del Código Penal de la Nación e incorpora el nuevo artículo 23 bis, ampliando la figura del decomiso penal.

Asimismo, introduce en el Código Penal la posibilidad del decomiso de los bienes sin necesidad de condena penal, aún antes del dictado de la sentencia (ya sea condenatoria o incluso absolutoria) y se declara mediante sentencia judicial. (Jackemate.com)

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