Por Ricardo Marconi (*)
Se estima que en las próximas semanas se conocerá la fecha del inicio al proceso oral en el que están involucrados Cristina Kirchner y otros diez imputados entre libaneses e iraníes por encubrimiento de cinco iraníes en el atentado a la AMIA de 1994.
La resolución se desencadenó a partir que el Juzgado Nacional Criminal y Correccional Federal N° 6, a cargo interinamente del juez Daniel Rafecas, resolvió declarar la procedencia del juicio en ausencia, respecto de diez imputados por el atentado a la sede de la AMIA.
La decisión se fundó en la reciente incorporación al Código Procesal Penal de la Nación del instituto del juicio en ausencia, por medio de la Ley 27.784, que habilita su aplicación en causas de terrorismo o crímenes de Lesa Humanidad frente a imputados declarados rebeldes.
Las posiciones de las querellas fueron divergentes. Mientras AMIA y DAIA respaldaron la medida como un avance institucional en pos de justicia, la Asociación Civil Memoria Activa, APEMIA y 18J objetaron la implementación del juicio en ausencia por entender que se apoya en pruebas débiles, uso abusivo de informes de inteligencia y que podría derivar en una sentencia sin plena controversia, enuncia Rafecas
Con esta resolución, el tribunal dejó habilitado el proceso para avanzar bajo las condiciones del nuevo régimen procesal y, en este sentido, el pronunciamiento cierra.
No estamos hablando de cerrar heridas por decreto, ni de forzar una reparación simbólica. Estamos hablando de intentar mostrar, con todos los cuidados y controles del proceso, lo que se hizo, lo que se investigó y, por ende, lo que no se hizo, lo que falta, lo que se puede revisar. Y hacerlo públicamente.
Como juez, no pierdo de vista que esta es una situación excepcional. Que declarar la apertura del proceso en ausencia es una decisión que se toma en un marco atípico, inédito incluso. Pero también sé que este tipo de decisiones no suprimen las garantías ni el debido proceso.
El trámite seguirá teniendo sus etapas, sus exigencias, sus evaluaciones. Y cada una será una nueva oportunidad para controlar lo hecho, revisar lo que falta, exigir lo que no se cumplió.
Los acusados se encuentran con pedidos de captura internacionales vigentes e infructuosos. La fiscalía argumentó, y el tribunal compartió, que estas personas conocen del proceso, han eludido su comparecencia durante años y no existen perspectivas reales de que puedan ser juzgadas en presencia.
Por lo expuesto, el juez consideró cumplidos los requisitos de los artículos 431 ter y quáter del CPPN, dado que los hechos investigados —ocurridos en territorio argentino— constituyen delitos encuadrables como crímenes de lesa humanidad y actos de terrorismo internacional conforme al Estatuto de Roma, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y otras normas internacionales ratificadas por la Argentina.
Asimismo, el tribunal rechazó expresamente los planteos de inconstitucionalidad formulados contra la nueva legislación, al considerar que se trata de normas procesales de aplicación inmediata, que no vulneran el principio de legalidad ni el derecho de defensa, siempre que se garantice la posibilidad de revisión o nuevo juicio si el imputado comparece posteriormente.
Como se recordará, el atentado, ocurrido el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires, causó 85 muertes y más de 150 heridos, y fue perpetrado con un coche bomba conducido por un atacante suicida.
La investigación sostiene que fue planeado desde Irán por el denominado “Comité de Asuntos Especiales” del régimen teocrático, con apoyo operativo de Hezboallah desde la región de la Triple Frontera. Entre las pruebas citadas figuran declaraciones públicas de los imputados, difusión de alertas rojas de INTERPOL y denegatorias a los pedidos de extradición.
La novedad judicial
Está previsto que el reconformado Tribunal Federal 8, compuesto por los magistrados Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, anuncien la fecha antes que se cumpla un nuevo aniversario del acto criminal, de corte terrorista ocurrido un 18 de julio, que dejó una estela de 85 muertos.
La Corte había ordenado en diciembre la realización de un juicio oral y posteriormente asignó empleados y los recursos correspondientes al TOF para que se pudiera iniciar el juicio en la causa AMIA.
Junto a Cristina, se sentarán en el banquillo de los incriminados, el piquetero Luis D` Elía y el de la organización Quebracho, Fernando Esteche, entre otros acusados de haber formado parte del encubrimiento en dicha causa, según la denuncia del ex fiscal asesinado Alberto Nisman.
Paralelamente, se reactivó una causa conexa a la indicada por la pérdida o la destrucción posible de pruebas y un informe secreto que había confeccionado el ex director de Contrainteligencia de la SIDE, Jaime Stiusso, quien hace pocos días admitió que posee una copia –aunque incompleta- de los datos sustraídos.
El caso que nos ocupa, ocurrido hace 31 años, seguramente acelerará a las que habitualmente se conocen con el nombre de “causas satélites”, que giran en rededor de la causa madre y que son investigadas por el juez Julián Ercolini y el fiscal Carlos Stornelli, quienes citaron a testigos para luego de la terminación de la Feria Judicial de invierno.
Los imputados, en lo concerniente a este último caso, son el ex jefe de la denominada SIDE K, esto es Oscar Parrili y el ex director de Contrainteligencia Rodolfo Tailhade, entre otros.
Vale recordar que el primer impulso a la causa la dio, el pasado marzo, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, que4 atribuyó la responsabilidad del ataque terrorista, a la mutual judía a Irán y en sus considerandos describió al mencionado Estado como terrorista y autor de un delito que se debe considerar como de Lesa Humanidad.
En esa señalada resolución de los jueces Diego Barrotavenia, Carlos Mahíques y Ángela Ledesma, se recordó la existencia del expediente 4272/2015, donde se investiga la supuesta pérdida de material probatorio vinculado a la investigación del atentado a la mutual, en particular entre 24 y 30 discos compactos que contenían intervenciones telefónicas realizadas en días anteriores y posteriores al atentado.
Curiosamente, la pérdida del material probatorio tuvo lugar luego de que Stiuso fuera echado de área de Inteligencia en diciembre de 2014, siendo nombrado en su lugar Tailhade, en el marco de un cambio de la cúpula de la SIDE y la influencia del entonces jefe del Ejército, general César Milani, a lo que se agrega la versión insistente de que Carlos Zanini, por entonces secretario general de la Presidencia, le pidiera a Nisman y a Stiuso, que dejaran de investigar a Irán.
Pudo saberse que entre los datos de Stiuso, se encontraría información que indica que el ex presidente de Irán, Mahomad Ahmadinejad, para su plan secreto de enriquecimiento de uranio, con fines militares, había requerido a Hugo Chávez que solicitara a Argentina ayuda técnica.
Pudo saberse, además, que Stiuso en su informe agregó datos a mano por él obtenidos en 2012. En esa época, un gerente de la Comisión Nacional de Energía atómica era informante de Stiuso (la justicia conservaría la copia) que el espía argentino entregó a el ex presidente de Estados Unidos Barak Obama para obtener asilo político en Estados Unidos.
Allí se habría confirmado que Hugo Chávez le pidió primero a Néstor Kirchner y luego a la propia Cristina, la reanudación del intercambio nuclear con Irán, que el ex presidente Carlos Menem había suspendido en 1991.
Stiuso reveló en el documento del 2006, que el reactor de Teherán había sufrido un recalentamiento de su núcleo porque se le habría agregado “un material desconocido” para producir plutonio con fines militares y necesitaba científicos argentinos para terminar con el problema, a la vez que el reactor tenía problemas para la purificación del uranio, ya que el que tenía presentaba problemas relacionados con la impureza del material y ello generaba, a su vez, la imposibilidad de hacer funcionar las centrifugadoras que deben hacerlo entre un 60 y 90 por ciento.
La resolución de la cuestión técnica finalmente fue resuelta por científicos paquistaníes, posibilitando que Irán acumulara 400 kilos de uranio al 60 %, cuyo destino se desconoce desde que fueron bombardeadas las centrales nucleares iraníes. (Jackemate.com)
(*) Licenciado en Periodismo – Postítulo en Comunicación Política