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El mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Mauricio Macri, abarca una enorme cantidad de temas, entre otros la habilitación de camiones con dos acoplados y con mayor peso en las rutas, recortes en el plantel de empleados del estado, facilidades para exportar obras de arte y para radicar industrias, aflojamiento de sanciones para patronales incumplidoras, obligación de patentar los cuadriciclos y eliminación de permisos de estacionamiento libre para autos oficiales. Un festival de medidas de toda categoría, muchas de las cuales no necesitaban un DNU con fuerza de ley para ponerse en vigencia

De entre ellas se destaca la posibilidad de embargar la cuenta sueldo de los trabajadores. Una ley de diciembre de 2016 (es decir de este mismo gobierno), había declarado inembargable la cuenta sueldo, y sólo habilitaba el embargo de remuneraciones mediante orden judicial dirigida al empleador con un límite de retención, de modo de preservar el ingreso de los trabajadores.

El DNU permite ahora también embargar la cuenta sueldo de los trabajadores, en lo que supere el equivalente a tres meses de sueldo.

Podría sostenerse que son pocos los casos en los que un trabajador tenga acumulados más de tres meses de remuneración en su cuenta, ya que lo normal es gastar el sueldo a lo largo del mes, mientras alcance.

El verdadero riesgo es el cobro de indemnizaciones. Al trabajador despedido se le deposita el importe correspondiente en la cuenta sueldo, con el consiguiente incremento del saldo de la misma.

Un trabajador que gana $30.000 por mes y, al momento de ser despedido, le depositan $600.000 podrá ser embargado en todo lo que supere $90.000.

Las indemnizaciones por accidentes de trabajo, aunque inembargables por ley, quedan expuestas también a la voracidad de los acreedores cuando se depositan en la cuenta.

Un trabajador se endeuda cuando anda corto de plata o desea dinero para concretar algún proyecto (comprar un electrodoméstico, los útiles para la escuela de los chicos, a veces un viaje).

Ahí es cuando recurre al financiamiento que le ofrecen bancos y compañías financieras a través de las tarjetas de crédito. 

Claro que estos préstamos que se le ofrecen con sospechosa insistencia tienen intereses que van desde el 51% en el Banco de Galicia, 58% en el Santander Rio y 62% en el Macro. Las tarjetas no bancarias tienen tasas del 66% (Tarjeta Naranja), 78,34% (Cencosud) y 86% en (CMR Falabella), según datos del propio Banco Central.

Tasas nada baratas, y muy superiores a los aumentos de inflación o de salarios. Ni hablar de tener que caer en manos de un usurero

El trabajador que no puede hacer frente a esos intereses, se va atrasando en los pagos, y cuando se da cuenta ya es tarde. Los intereses son una bola de nieve que lleva a que el monto adeudado (muchas veces con costas y honorarios judiciales), puede llegar a diez veces el valor de lo prestado. 

Con cierta dosis de cinismo, la reforma se fundamenta en la necesidad de mejorar el perfil crediticio de los ahorristas del sistema financiero y otorgarles mayor y mejor acceso al crédito. Parece un fin noble pero en realidad es la posibilidad de que el trabajador pierda para que el acreedor gane. (Jackemate.com)

 

(*) Abogado Laboralista – www.eliasyasociados.com.ar

 

 

 

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